jueves, 19 de diciembre de 2013

¿FOMENTANDO EL EMPLEO?


EMPLEO SIN EMPLEO ES DESEMPLEO
 
Estas son, literalmente, las ayudas que el Ministerio de Empleo y Seguridad Social ofrece a los jóvenes emprendedores que decidan hacerse autónomos (Por favor leed hasta el final, merece la pena):

TARIFA PLANA PARA JÓVENES AUTÓNOMOS

Tarifa plana en la cotización a la Seguridad Social: establecimiento de una cuota de 50 euros para el inicio de una actividad por cuenta propia

Objetivo:
Facilitar el autoempleo y el inicio de la actividad emprendedora a los jóvenes menores de 30 años.
Desarrollo de la medida:
Los jóvenes emprendedores que causen una nueva alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) tendrán la posibilidad de abonar una cuota mínima por contingencias comunes durante los primeros meses para que puedan iniciar una actividad por cuenta propia.

Así, durante los seis meses inmediatamente siguientes a la fecha de efectos del alta, se aplicará una reducción del 80% de la cuota que resulte de aplicar sobre la base mínima el tipo mínimo de cotización vigente en cada momento en este Régimen. De esta forma el nuevo autónomo menor de 30 años podrá cotizar durante el primer semestre una cuota aproximada de 50 euros.
Posteriormente, y durante los siguientes seis meses, se aplicará una nueva reducción sobre la base mínima de un 50%.

Transcurrido el primer año desde el alta en el RETA, los hombres de hasta 30 años y las mujeres de hasta 35, se beneficiarán del mantenimiento de una reducción y una bonificación en sus cotizaciones de un 30% durante los siguientes 18 meses.

En el caso de jóvenes menores de 35 años con un grado de discapacidad reconocida igual o superior al 33%, la reducción del 80% se aplicará durante los 12 primeros meses desde la fecha de alta y, después, se mantendrá la bonificación del 50% hasta un máximo de cinco años.

Requisitos:
·         Sólo será aplicable a altas iniciales en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.
·         Tener hasta 30 años.
·         No tener trabajadores contratados (no disponer de código de cuenta de cotización como empleador).

Este tercer punto lo he resaltado en negrita y en tamaño de letra mayor porque, tal y como está el desempleo en la actualidad, con seis millones de parados y más de la mitad de los jóvenes menores de treinta años en paro, me resulta INCONGRUENTE, ilógico, absurdo, incoherente, impropio, inoportuno, sinsentido, descabellado, irracional, contradictorio, disparatado, inadecuado, aberrante, anormal, insentato, un despropósito y, por lo tanto, una medida propia de un estúpido, inútil, estulto, necio, mentecato, memo, ignorante, tonto, zopenco, loco, gilipollas, cretino, bobo, inepto, botarate, ceporro, torpe, idiota, zoquete, majadero, inepto, descerebrado, lelo, sandio...

Y todo esto, repito, porque con seis millones de parados y con más del 50% de los jóvenes menores de treinta años en paro, dan ayudas, precisamente, a los jóvenes emprendedores que se hagan autónomos SIEMPRE QUE NO CONTRATEN A NADIE.
Quien lo entienda que me lo explique porque, para mi corto entender, esta medida va en contra del empleo, en contra de que un joven emprendedor pueda contratar a uno o varios trabajadores. También puede ser una medida peligrosa para los trabajadores porque puede llegar a fomentar empleo ilegal y, por tanto, economía sumergida.

Así que, tal y como está la economía y el empleo, creo que me he quedado corto con los calificativos anteriores.


En Arévalo, a 17 de diciembre de 2013.

Luis J. Martín

Para aquellos que no se lo crean, este es el enlace del ministerio a esta ayuda:
http://www.empleo.gob.es/es/estrategia-empleo-joven/medidas/autonomos-emprendedores/tarifa-plana-autonomos.htm

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